2010/12/11

Legislación minera que afecta a Riotinto. Intentanto comprender nuestra situación actual

FOTO: Malacate Pozo Alfredo del BLOG PATRIMONIO MINERO-INDUSTRIAL de Garrat.


Ante el cansancio acumulado en la ciudadanía sobre la apertura de la mina, ante la opacidad del proceso, ante la rumorología (a veces infundada) que nos rodea, y ante la posible desesperación de muchos jóvenes que necesitan trabajar en una crisis intensa y profunda, quisiera compartir una breve reflexión y compartir una propuesta:

Por un lado los ciudadanos sabemos que ante una solicitud, o trámite administrativo, las Administraciones Públicas, sean las que sean, no pueden exigir nada que se salga del procedimiento legal establecido en las leyes y reglamentos que regulan el funcionamiento de dichas Administraciones, es decir, no pueden pedir a unos ciudadanos unas cosas y a otros otras, según le guste más o menos el solicitante.

Deben exigir lo que pida la ley que lo regule, ni más ni menos, pues sería una injusticia moverse por sospechas o gustos, cambiando los criterios según el sujeto.

Por tanto la Junta de Andalucía, en el caso de la minería, debe hacer cumplir las leyes mineras vigentes, tanto a Aguas Teñidas como a Emed y Cobre las Cruces, así como a terceros, los propietarios de instalaciones mineras sin actividad, y sin deseos de promoverlas (balsas, escombreras, escorrentías, taludes, depósitos..etc).

Por otro lado, todos sabemos que si un ciudadano cumple con los requisitos que exige la Ley, una Administración no puede negarle su derecho, pues éste tendrá la potestad de denunciarla por daños y perjuicios, cosa nada baladí.

Y por último, cuando un ciudadano solicita algún trámite y no cumple, las administraciones están obligadas a responderle, por escrito, enumerando los puntos que incumple y las leyes por las que esos requisitos han sido pedidos.

Es así de sencillo y de claro. Y si esto lo sabemos los ciudadanos, que no somos especialistas en minería, todo lo demás, "rumore", "rumore","rumore".
Animo a reflexionar sobre estas cuestiones e intentar no imaginar a la Junta ni a Emed negociando como si fueran dos tratantes de ganado cualquiera en una feria campestre.

Y soy así de explícito porque creo que a más de uno, en esta comarca, le interesa vender y divulgar esa metáfora antes descrita.

Ambos, Emed y Junta, saben a lo que se exponen mutuamente, uno ante el otro, y cada cual se moverá como mejor le convenga, cada palo aguantará su vela y nosotros, como ciudadanos, haremos nuestros propios juicios.

Ante nuestra realidad, sólo me queda preguntarme "qué puedo hacer por el bien común respecto al tema minero". Sin duda la apertura de la mina supondría un punto de inflexión económico y social que nos sacará de golpe de una crisis enquistada y nos lanzaría a un futuro que estaría al alcance de la mano: desdoble N.435, A-66,..etc.

Y vuelvo a preguntarme ¿Qué puedo hacer por el bien común respecto al tema minero? Muy poco, la verdad, muy poco.

Sólo se me ocurre compliar la legislación minera que está en vigor en España, leerla despacio o consultarla, marcando artículos que me hagan reflexionar para conocer, con un poco más de fundamento, todas las informaciones que me llegan de los periódicos, políticos, y medios de comunicación en general, con el compromiso de colgar en el Blog lo más interesante o lo que me haga reflexionar.

Esta es mi propuesta y mi intención para las próximas entradas. (con la premisa que no soy abogado, ni especialista en temas mineros, con la humildad de, como mucho, aclarar conceptos y procedimientos)

Quien quiera consultar, igual que yo, algunos aspectos de la legislación minera, les dejo la selección principal de leyes y reglamentos.(Todas vigentes y actualizadas)

Saludos a mis amigos.

LEGISLACIÓN MINERA:

-Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.

-Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería.

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Ley 54/1980, de 5 de noviembre, de modificación de la Ley de Minas, con especial atención a los recursos minerales energéticos.

-Real Decreto Legislativo 1303/1986 de 28 de junio, por el que se adecúa al ordenamiento jurídico de la Comunidad Económica Europea el título VIII de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.

-Ley 6/1977, de 4 de enero, de Fomento de la Minería.

- Real Decreto 975/2009 del 12 de Junio de Gestión de Residuos de industrias extractivas y rehabilitación del espacio afectado por actividades mineras.

Otras leyes mencionadas en las anteriories:

-Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.

-Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa.

-Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de Incentivos regionales para la corrección de desequilibrios económicos interterritoriales.


Pd: ya es curioso que las principales leyes mineras en España sean más antiguas que la propia Constitución Española, te hace pensar.