Todos los propietarios que tengamos un inmueble, por ejemplo una casa, estamos OBLIGADOS a mantener el mismo en correcto estado, sobre todo de seguridad y salubridad. (Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía, art. 155.).
Si esto no ocurre, o no está garantizado, la Administración debe dictar una orden de ejecución al propietario, o propietarios, para la intervención inmediata.
El incumplimiento injustificado de las órdenes de ejecución habilitará a la Administración actuante a adoptar cualquiera de las siguientes medidas (art. 158):
1- Ejecución subsidiaria.
2- Multas coercitivas con periodicidad.
3- Expropiación del inmueble.
Esto es lo que pasa en urbanismo. En leyes mineras, sobre seguridad de los residuos, seguro que hay un fiel reflejo de esta filosofía.
¿Es lógico que los ciudadanos tengamos que aguantar un enfrentamiento constante entre empresas ante un tema tan delicado como son las -muy contaminadas y peligrosas- presas mineras en nuestro término municipal?.
Si la mina no abre, ¿Cómo no exigir la inmediata restauración y descontaminación de esas balsas para recuperar medioambientalmente la zona aunque a sus propietarios les cueste el dinero?.
Si la mina abre, y las presas retoman su función, ¿Cómo no vamos a exigir, cuando llegue el fin de la actividad, exactamente lo mismo que en la pregunta anterior?.
¿Vamos a cometer los mismos errores que en épocas pasadas? ¡Claro que no!.
Si Emed, Rumbo y Zeitung siguen con esta guerra continua, la Administración debe ir pensando en intervenir más seria y contundentemente, por el bien de la seguridad y la protección ante posibles catástrofes, pensando, sin miedo, en la expropiación si existen propietarios no interesados en la seguridad ni en llegar a acuerdos con otros co-propietarios en este tema.
De igual manera debería planteárselo si se diera el caso de no estar –igualmente- interesados ni en el uso minero de las balsas ni en su futuro aseguramiento y restauración de las mismas, ya sea de forma inmediata o tras una actividad extractiva.
Foto: Autor "pinochopirates", fuente: Web.