2011/06/17

Ley 4/2011_Ley para potenciar inversiones empresariales de interés estratégico.

Hoy mismo acaba de publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía una nueva ley -(otra más)- para dinamizar, potenciar y favorecer la actividad económica en Andalucía; más concretamente para las denominadas INVERSIONES ESTRATÉGICAS en Andalucía.

Tras un primer vistazo a la ligera no he podido evitar pensar en el proyecto de  EMED TARTESSUS  y de otras posibles empresas en la Cuenca Minera. A modo de resumen:

1- La ley simplifica y  agiliza la tramitación administrativa de inversiones que pueden ser "de interés estratégico".

2- Define cuando una inversión o proyecto empresarial es "de interés estratégico".

Como resumen de la ley se copia su objeto:


Artículo 1. Objeto y finalidades.
1. La presente ley tiene por objeto establecer un marco de tramitación preferente y de agilización y simplificación administrativas, promoviendo la mejora de la regulación, para fomentar al máximo las iniciativas económicas de la ciudadanía y, de este modo, favorecer el mantenimiento y la creación de empleo.


y su Concepto


Artículo 2. Concepto.
Son inversiones empresariales de interés estratégico para Andalucía las declaradas como tales por su especial relevancia para el desarrollo económico, social y territorial de Andalucía.


Para concretar que inversiones se encuadran como "estratégicas para Andalucía" se copia el Art.3:


Artículo 3. Requisitos y categorías de los proyectos empresariales.
Para ser declarados de interés estratégico para Andalucía, los proyectos empresariales deberán dirigirse a inversiones no residenciales y ser coherentes con los objetivos de sostenibilidad económica, social, territorial y medioambiental, ..., y debiendo encuadrarse en alguna de las siguientes categorías:

a) Proyectos industriales o de servicios avanzados que generen cadenas de valor añadido y empleo en el sistema productivo y mejoren su competitividad.
b) Proyectos en nuevas actividades económicas que aporten valor añadido en sectores productivos con alto potencial innovador y desarrollo tecnológico.
c) Proyectos de inversión que refuercen la implantación de la sociedad del conocimiento, el sistema universitario andaluz y el potencial de innovación y de cualificación del capital humano.
d) Proyectos de inversión que contribuyan a la renovación del patrón productivo en los sectores tradicionales de la actividad económica.
e) Proyectos que supongan la implantación de nuevas actividades económicas que pueden sustituir a sectores en declive o en reconversión.
f) Proyectos que impliquen una aportación a la cohesión territorial y al desarrollo de las zonas más desfavorecidas, especialmente los relacionados con la economía social.

Bajo mi humilde opinión, (de un no-especialista), ojalá todas estas leyes puedan favorecer el desarrollo económico de la Cuenca.

Pienso en Emed Tartessus, Nature Pack y Tubespa, como empresas que pueden ampararse a la filosofía de esta ley y aprovecharse de ella en un futuro. Ojalá fuese así.

Para profundizar en la ley: Pulse AQUÍ.