2011/02/14

Sobre las presas mineras de Riotinto. Una reflexión.


En los medios de comunicación se está realizando un interesante debate sobre las presas mineras de Riotinto, su estado, mantenimiento y responsabilidades asociadas a las mismas.

Muchos comentarios son aportados por lectores, algunos con nombres y apellidos, otros anónimamente.

Puedo aportar una humilde reflexión a este tema, siempre reconociendo que no soy especialista en temas mineros y que, por tanto, analizo de forma indirecta el tema en cuestión.

La metodología será la siguiente:

Expondré un símil en paralelo entre la situación de las presas mineras en comparación con lo que pasaría en un inmueble (edificio) que estuviese sin mantener o en peligro para la seguridad en una calle de un pueblo cualquiera.
De tal manera que, como conozco un poco del segundo tema, podré aportar una humilde reflexión transportando las conclusiones a las presas mineras.

Todo lo expondré de forma sencilla para que sea entendido por todos los ciudadanos, asumiendo que me puedan acusar de superficial al no entrar en profundidades jurídicas, administrativas o de procedimiento. Lo asumo, como es lógico, pero así podrá participar cualquier persona en esta reflexión personal y enriquecerla.

Cuando en un pueblo hay un edificio en muy mal estado, que lleva años sin mantenimiento y puede conllevar peligro para las personas que pasan por la acera o causar inminentes daños a vecinos, se procede de una manera muy clara y sencilla que marca las leyes.

Lo primero, una vez que un Ayuntamiento ha sido informado del peligro que puede haber en el inmueble, ordena una inspección y valoración del estado. Si efectivamente hay peligro para la seguridad o salubridad, la Administración debe buscar al propietario urgentemente y notificarle por una vía segura (burofax, acuse de recibo,..etc) la situación del su inmueble y su OBLIGACIÓN de mantenerlo, conservarlo o anular el peligro detectado.

Se le da un plazo para su intervención y, mientras, se cierra el lugar para evitar una desgracia. Si el propietario hace caso omiso a los avisos de la Administración y a sus plazos, ésta, con los permisos oportunos, puede entrar directamente e intervenir, reparar, asegurar, demoler…etc, y una vez efectuado todas las labores necesarias para asegurar el inmueble PASARLE LA FACTURA (incluso judicialmente o vía ejecutiva) al propietario o propietarios del inmueble, pudiendo incluso abrir por añadidura un expediente de multa por su dejadez.

Se ha dado el caso en los juzgados que los propietarios se han defendido mostrando que los inmuebles están ocupados por terceros, alquilados o cedidos,…al final no sirve para nada esa defensa, pues siempre EL PROPIETARIO es el responsable, por encima de alquileres, cesiones o derechos de terceros.

Transportando esta reflexión a las presas mineras puedo ofrecer estas conclusiones, que pueden ser ciertas:

1- Si las presas tienen tres propietarios, los tres son responsables del mantenimiento, la salvaguarda y seguridad de su estado en la parte que les toque.

2- Si la Junta de Andalucía ha sido informada del peligro de las mismas, debe exigir inmediatamente a los propietarios las labores necesarias de aseguramiento y mantenimiento, como se explicó antes.

3- Si no hay constancia de que los propietarios estén cumpliendo con sus obligaciones debe actuar subsidiariamente, asegurar las presas o realizar las tareas que estime oportuno y pasarle la factura de todos los gastos A LOS PROPIETARIOS correspondientes.
4- Esto no quita que la Junta tenga derecho, incluso, de multar a quien no haya cumplido con sus obligaciones en paralelo al proceso.

5- Si la Junta, que parece ser ya está informada del peligro de las presas, no actuara, y fuese cierto que las presas corren peligro, asumiría una gran responsabilidad, puesto que, ante un grave accidente, se le acusará también a ella de co-responsable por conocedora de la situación y no haber intervenido apropiadamente.

En resumen, la clave es detectar a los propietarios y exigirles; y si no reaccionan entrar de oficio y pasarles la factura de la intervención más la multa correspondiente.

Muy por encima, eso es lo que pasaría en un edificio de cualquier ciudad, creo que en la realidad minera puede ser muy similar la situación.

Es lo que puedo aportar. Un saludo a todos mis amigos y espero que haya sido útil esta reflexión a la que os invito enriquecer.

Foto: Juan M. Marín.

ACTUALIZACIÓN DE LA ENTRADA (1): fecha 28 Mayo de 2011.
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